Otra vez la Justicia de San
Francisco está camino a una resolución trascendental en el marco de un juicio
que se desarrolla por estos días en Tribunales de San Francisco. Se trata de la
muerte de Yuliana Chevalier, la joven que murió en 2017 en un domicilio de
barrio La Milka a causa de un disparo de arma de fuego.
Esto es porque sería una de las
primeras veces que la Justicia local resuelve juzgar y en todo caso condenar a
un hombre, que su pareja de suicidó pero que la investigación y ahora la fiscalía
de Cámara en el marco del juicio solicita que sea acusado por “femicidio”.
Justamente esta semana la fiscal
de la Cámara del Crimen de San Francisco, Consuelo Aliaga, planteó la figura procesal de “hecho diverso” durante la segunda audiencia en el juicio por la
muerte de Yuliana, donde se encuentra acusado por el delito de homicidio
culposos Alejandro Lovera (45), un expolicía de la provincia de Santa Fe que
era su pareja.
El objetico es agravar la
caratula pasándola de culposa a dolosa. El Código Procesal Penal contempla esta
figura cuando durante el debate surgen elementos para entender que se trataría
de una situación más grave de la que se analizó en la etapa de instrucción.
La funcionaria judicial explicó
que en la acusación originaria lo ocurrido se presentó como “un hecho aislado”
y si bien destacó los testimonios, informes y pericias realizadas en su
momento, agregó que se trató a la relación de la pareja como “signada por la
violencia y los malos tratos” pero sin determinar la “verdadera problemática
que había detrás”.
Además profundizó su pedido al
remarcar la condición de “marcada vulnerabilidad en la que se encontraba
Yuliana” y también la posición de preeminencia (superioridad) de parte del
imputado por la diferencia etaria y la condición de ser en ese momento policía.
Además, puso énfasis en la violencia psicológica, física y económica que
ejercía Lovera sobre Chevalier: “Son elementos que no fueron valorados en la
instrucción”, dijo.
Dato judicial: cómo es la figura de “hecho diverso” que podrían aplicar en el caso de Yuliana Chevalier
El próximo miércoles se reanudará la audiencia del juicio y se conocerá si el Tribunal de la Cámara del Crimen hace lugar o no al cambio de carátula para que se desarrolle un nuevo juicio, con jurados populares, y bajo la figura penal de femicidio.
Antecedente clave: el caso de
Diego Concha
Si bien hay algunos casos a nivel
país que eran similares, pero no prosperaron, el más importante recientemente
es el de Diego Concha, exdirector de Defensa Civil de la provincia de Córdoba, quien
fue condenado a prisión perpetua e inhabilitación especial perpetua el 27 de
agosto de 2024 por la Cámara 3ª del Crimen de Córdoba.
El tribunal y un jurado popular
lo declararon culpable por la mayoría de los votos como autor penalmente
responsable de abuso sexual seguido de homicidio en perjuicio de Luana Ludueña,
una joven bombera voluntaria que se había suicidado luego de denunciar el caso
de abuso sexual. Además, recibió condena por lesiones leves agravadas por el
vínculo y por mediar violencia de género, amenazas calificadas y coacción en
perjuicio de su expareja.
El aspecto más trascendente y sin
precedentes del fallo fue acreditar judicialmente que el ataque sexual cometido
por Concha hirió de muerte a Luana, existiendo un nexo causal directo entre la
agresión y la trágica decisión de la joven de quitarse la vida nueve semanas
después, en enero de 2022. El jurado popular interpretó que, al abusar de ella
desde su posición de superioridad, el acusado no le dejó otra salida.
Suicidio femicida
El concepto de suicidio femicida
es mencionado por organizaciones feministas que reclaman que se aborden este
tipo de muerte como tales. ¿Pero qué implica este concepto? ¿Cómo se aborda
judicialmente?
El concepto de suicidio femicida
fue impulsado en 1996 por la activista feminista sudafricana Diana Russell para
referirse a las mujeres que se quitan la vida debido a los abusos reiterados o
por la violencia ejercida por los hombres en una sociedad patriarcal.
Enrique Stola, psiquiatra
especializado en perspectiva de género, explicó: “Un individuo violento pero
que ejerce sólo violencia psicológica puede producir tal estado de desánimo y
encierro incluso por los mensajes que envía, como “vos no servís para nada, sos
una mierda, mejor matate”, que persistentemente llevan a que la mujer entre
muchas veces en un estado de depresión y a sentir que no hay más salida. Allí
es donde el suicidio aparece como una alternativa valida”.
“Por otro lado se da que hay
falta de contención a una persona abusada y que en lugar de contenerla
socialmente hay todo un grupo de gente que funciona como policía moral machista
y tiene una actitud de acoso y descalificación a través de distintas vías, por
ejemplo las redes sociales. El acoso en las redes tiene un impacto anímico muy
fuerte y cuando se da sobre alguien vulnerabilizado (como alguien abusada), el
acoso funciona como una inducción a desaparecer”, agregó el psiquiatra.
Aún no se cuenta con muchas
investigaciones sociales que hayan abordado el tema o estadísticas que permitan
conocer las distintas variables y pormenores de esta problemática social.
Es por ello que desde la
organización Mujeres de la Matria Latinoamericana (Mumalá) sumaron a su
registro de femicidios los suicidios de mujeres que habían sido víctimas de
abusos o de violencia propiamente dicha, aunque reconocen la dificultad para
registrarlos ya que son tratados como un suicidio más y nunca ingresan a la
Justicia o se publican en medios de comunicación.